Campaña Renta 2020 Ingreso Mínimo Vital

El ingreso mínimo vital es un recurso vivo, que se adapta y evoluciona. Por eso, todos los beneficiarios están obligados a tenerlo actualizado.

Con carácter general, los contribuyentes que hayan percibido rentas de su trabajo inferiores a los 22.000 euros brutos anuales no están obligados a presentar la Declaración de la Renta, pero en el caso de ser titulares o beneficiarios del ingreso mínimo vital, sí deben presentar la declaración.

Por eso, aunque hasta ahora no estuvieses obligado a realizar la Declaración de la Renta, como beneficiario del ingreso mínimo vital, debes presentarla. Tanto tú como todas las personas que componen vuestra unidad de convivencia.

Se puede hacer de forma fácil y sencilla a través de la página web de la Agencia Tributaria.

EL 7 DE ABRIL SE INICIA EL PLAZO PARA PRESENTAR LAS DECLARACIONES, QUE TERMINA EL 30 DE JUNIO.

Si no sabes cómo ni dónde, puedes hacerlo de tres formas: telemáticamente, telefónicamente y presencialmente.

En este folleto tienes un calendario con las fechas de inicio de cada una de las modalidades.

NO LO OLVIDES, DEBES ASEGURARTE DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN PARA SEGUIR PERCIBIENDO EL IMV.

Así mismo os enviamos el enlace a un video explicativo: https://www.youtube.com/watch?v=x5gXtov9B5M

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